{"tema_id":"45463","string":"R\u00c9GIMEN SANCIONATORIO TRIBUTARIO DE LA ENTIDAD TERRITORIAL","created":"2016-04-07 16:00:10","code":"S4901873","modified":"0000-00-00 00:00:00","notes":[{"@type":"Nota de alcance","@lang":"es","@value":"A partir de la Ley 788 de 2002 \"Por la cual se expiden normas en materia tributaria y penal del orden nacional y territorial y se dictan otras disposiciones\",\u00a0las entidades territoriales deben aplicar el r\u00e9gimen del Estatuto Tributario Nacional. Sin embargo est\u00e1n facultadas para reducir las sanciones all\u00ed previstas, mas no para fijar sanciones mayores. \u00a0"}]}